Protocolo sobre libertad de expresión y derecho a la información

Junto a la Fundación Violeta Barrios de Chamorro presentamos el “Protocolo sobre libertad de expresión y derecho a la información” vinculado al Acuerdo para fortalecer los Derechos y Garantías ciudadanas firmado en la mesa de negociación el 29 de marzo.

Este protocolo tiene por objeto dictar las pautas a seguir para restablecer y garantizar el pleno ejercicio del derecho a la libertad de expresión y del derecho de informar de periodistas, directores de programas independientes, dueños y trabajadores de medios de comunicación en Nicaragua, en el ejercicio de su actividad periodística, que fueron afectados en el contexto de los hechos ocurridos a partir del 18 de abril del 2018 y en el caso de nuevas afectaciones.

Desde el inicio de las protestas sociales en abril del año pasado la Fundación Violeta Barrios de Chamorro ha documentado el asesinato de 1 periodista, Ángel Gahona, el encarcelamiento ilegal de 5 periodistas (ya excarcelados), más de 90 periodistas exiliados, además de 1080 casos de violaciones a la libertad de prensa.

Las principales formas de represión registradas son las relacionadas con lesiones, amenazas, intimidación, acoso o presión; ataques a la reputación y la honra; obstaculización al acceso de los medios materiales (DGI, DGA, INSS, OAF, TELCOR, entre otros); ocupación arbitraria de propiedad mueble y/o inmueble; cancelación de personerías jurídicas y detenciones y privación de libertad arbitrarias.

El Protocolo contiene, entre varios aspectos fundamentales, el proceso de revisión de los casos; acciones que deberá adoptar el Estado de Nicaragua para garantizar estos derechos a los periodistas, directores de programas, dueños de medios y trabajadores de dichos medios; la obligación del Estado de garantizar las medidas de reparación; y la función de los miembros de la mesa de negociación y garantes para dar seguimiento y verificar la observancia de las disposiciones de este Protocolo por parte del Estado de Nicaragua.

Además, el Protocolo recomienda los mecanismos de operativización para la elaboración de expedientes de personas y medios afectados, y establece las coordinaciones correspondientes con otros protocolos para los casos de restitución de propiedad muebles e inmuebles, los derechos de los nicaragüenses en el exterior (exiliados) y la restitución de personalidad jurídica de organizaciones y sin fines de lucro (OSFL).

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